EL AGENTE COMERCIAL
Blog dedicado al mundo de las ventas.
domingo, 11 de diciembre de 2022
mi茅rcoles, 11 de enero de 2017
EL CONTRATO DE AGENCIA
El
concepto de agente o agencia
https://elagentecomercial.wordpress.com/2017/01/11/el-contrato-de-agencia/
Se aplican cuando una persona natural o jur铆dica, denominada agente comercial, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo de tales operaciones. A cambio de todo ello recibir谩 una comisi贸n pactada en el propio documento.
Se aplican cuando una persona natural o jur铆dica, denominada agente comercial, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo de tales operaciones. A cambio de todo ello recibir谩 una comisi贸n pactada en el propio documento.
A
este respecto no se considerar谩n agentes comerciales los representantes de comercio
dependientes ni, en general, las personas que se encuentren vinculadas por una
relaci贸n laboral, sea com煤n o especial, con el empresario por cuya cuenta
act煤an. Se presumir谩 que existe dependencia cuando la persona no pueda
organizar su actividad profesional ni el tiempo dedicado a la misma conforme
a sus propios criterios.
En
principio no se presupone exclusividad, el agente comercial podr谩 prestar
servicios de intermediaci贸n para varias empresas. Si bien s铆 ser谩 necesaria la
autorizaci贸n de las representadas para prestar servicios para otros empresarios.
S铆 se contempla el establecer un pacto de no competencia, para que el agente comercial no
pueda prestar servicios a dos empresas que sean competencia directa una de la
otra.
Cl谩usulas
principales
Las
clausulas principales de este tipo de contrato reflejan las
obligaciones del agente comercial, frente a las representadas y frente a terceros; las
obligaciones de las empresas para con su agente comercial y la
remuneraci贸n que 茅ste recibir谩 por los servicios prestados.
En
lo que respecta a dicha remuneraci贸n, el contrato puede establecer
un pago por la formalizaci贸n de las operaciones, bien sea por intervenci贸n
directa en dicho acto por parte del agente comercial o bien por su intermediaci贸n en los
casos en que la finalizaci贸n de la operaci贸n haya sido por parte de la empresa
pero a instancias del agente comercial.
Tambi茅n
se puede fijar un pago peri贸dico por la renovaci贸n por parte
del cliente de las operaciones en las que en su d铆a interviniera el agente comercial.
Extinci贸n
del contrato
El
contrato podr谩 ser por tiempo limitado o indefinido. En el primero
de los casos la relaci贸n finalizar谩 una vez que se alcance la fecha convenido.
Si el contrato es por tiempo indefinido deber谩 contemplarse las posibles
cl谩usulas a trav茅s de las que se podr铆a rescindir el mismo.
En
caso de rescisi贸n unilateral del mismo. el plazo de preaviso ser谩 de un
mes por cada a帽o de vigencia del contrato, con un m谩ximo de seis
meses. Si el contrato hubiera estado vigente por tiempo inferior a un a帽o, el
plazo de preaviso ser谩 de un mes. Las partes podr谩n pactar mayores plazos de
preaviso, sin que el plazo para el preaviso del agente pueda ser inferior, en
ning煤n caso, al establecido para el preaviso del empresario.
Cuando
se extinga el contrato el agente tendr谩 derecho a una indemnizaci贸n si
su actividad anterior puede continuar produciendo ventajas sustanciales al
empresario. Este derecho existe tambi茅n en el caso de que el contrato se
extinga por muerte o declaraci贸n de fallecimiento del agente comercial. La indemnizaci贸n
no podr谩 exceder, en ning煤n caso, del importe medio anual de las remuneraciones
percibidas por el agente durante los 煤ltimos cinco a帽os o, durante todo el
per铆odo de duraci贸n del contrato, si 茅ste fuese inferior.
Se
perder谩 el derecho a esta indemnizaci贸n cuando
el contrato se extinga por causa de incumplimiento de las obligaciones legal o
contractualmente establecidas por parte del agente comercial; cuando el agente comercial hubiese
denunciado el contrato, salvo que la denuncia tuviera como causa circunstancias
imputables al empresario, o se fundara en la edad, la invalidez o la enfermedad
del agente comercial y no pudiera exig铆rsele razonablemente la continuidad de sus
actividades o cuando, con el consentimiento del empresario, el agente comercial hubiese
cedido a un tercero los derechos y las obligaciones de que era titular en
virtud del contrato de agencia.
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